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Reglamento Municipal de la figura de Cronista de la ciudad de Almendralejo

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La figura del Cronista Oficial tiene una muy arraigada tradición en el municipalismo actual. Al margen del carácter honorífico del nombramiento, a diferencia de otros títulos y distinciones que otorgan los Ayuntamientos, por sus merecimientos especiales, arraigo en la ciudad, investigación sobre la historia, costumbres y tradiciones, contraídos a lo largo de una vida académica, profesional y de servicios, comporta una labor en el ejercicio del cargo, de rastreo en el pasado y, como testigo directo, sacar a la luz viejas costumbres, difundir grandes riquezas y dejar una importante huella en la cultura y el patrimonio local. Al margen de configurar el cargo, la regulación de la figura a través de un Reglamento municipal, sirve para establecer sus derechos y obligaciones, el procedimiento para su selección y nombramiento, cuya resolución corresponde al máximo órgano municipal, lo que le da garantía de estabilidad y lo sustrae de cualquier avatar político, más teniendo en cuenta que, solo por causas excepcionales puede ser removido de un puesto, por otro lado, vitalicio. CAPÍTULO PRIMERO SECCIÓN PRIMERA.- De las condiciones Artículo 1.- Requisitos. El nombramiento de Cronista Oficial de la Ciudad de Almendralejo recaerá sobre personas físicas que se hayan distinguido en su tarea de estudio, investigación y difusión de temas relacionados con el municipio de Almendralejo. Artículo 2.- Número. 1. La condición de Cronista Oficial de la Ciudad de Almendralejo, no podrá recaer en más de una persona. 2. No obstante lo señalado en el apartado anterior, el Pleno del Ayuntamiento de Almendralejo podrá designar Cronista Honorario a aquella persona física, con arraigo en el municipio, que se haya distinguido por su dedicación a la Ciudad de Almendralejo o su tarea de estudio sobre la misma. SECCIÓN SEGUNDA. Del procedimiento de nombramiento. Artículo 3.- Iniciación. 1. El procedimiento para el nombramiento de Cronista Oficial de la Ciudad y, en su caso, de Cronista Honorario, se iniciará por resolución de la Alcaldía-Presidencia, ya sea de oficio o a propuesta de cualquier persona, entidad o asociación con arraigo en el Municipio. 2. Dichas propuestas deberán ir acompañadas de memoria en la que se especifiquen los méritos que concurren en el candidato, junto con reseñas biográficas y, si las tuviera, bibliográficas. Artículo 4.- Instrucción. 1. La instrucción del expediente se dirigirá a acreditar y valorar los méritos del candidato en cuanto a su obra, actividad y/o conocimiento sobre el municipio de Almendralejo. 2. Dentro de la tramitación del expediente podrán solicitarse cuantos informes se consideren oportunos, no vinculantes, a entidades, asociaciones o colectivos sociales, siempre que están arraigados en el municipio. 3. Antes de formularse la propuesta de nombramiento se dará audiencia del expediente al candidato o candidatos. Artículo 5.- Resolución. El nombramiento de Cronista Oficial del la Ciudad de Almendralejo y, en su caso, de Cronista Honorario, se acordará por el Pleno del Ayuntamiento, a propuesta de la Alcaldía-Presidencia. CAPITULO SEGUNDO CONTENIDO DEL TÍTULO DE CRONISTA SECCIÓN PRIMERA. Características Generales. Artículo 6.- Carácter honorífico. 1. Los Títulos de Cronista Oficial y de Cronista Honorífico, son puramente honoríficos y no conllevan el derecho a percibir retribución económica alguna. 2. Sin perjuicio de lo señalado en el apartado anterior, el Cronista Oficial tendrá derecho a la compensación de los gastos que comporte el ejercicio de su función y la compensación económica que se fije por la Junta de Gobierno Local, por los trabajos de investigación, estudios y publicaciones encomendadas expresamente por el Ayuntamiento. Artículo 7.- Duración. 1. Los Títulos de Cronista Oficial de la Ciudad de Almendralejo y de Cronista Honorífico tienen carácter vitalicio. 2. No obstante el carácter vitalicio del cargo de Cronista Oficial, podrá cesar por decisión propia o, en caso de incumplimiento de sus obligaciones o de enfermedad que incapacite para el ejercicio del mismo, por acuerdo del Ayuntamiento Pleno. En los dos últimos supuestos, la revocación se tendrá que adoptar mediante tramitación del expediente que se instruirá con las mismas características y garantías que las de su otorgamiento. SECCIÓN SEGUNDA. Obligaciones y Derechos. Artículo 8.- Obligaciones. El Cronista Oficial se compromete a realizar las siguientes tareas: a) Emitir su opinión y evacuar consultas sobre aquellos temas relacionados con la historia de Almendralejo, o en aquellos que la Corporación, por medio de la Alcaldía-Presidencia, estime oportuno someter a su consideración. b) Redactar una Memoria anual que se denominará "Crónica de la Ciudad de Almendralejo", en la que se recojan los principales acontecimientos sociales, culturales, políticos y de todo tipo relacionados con el municipio. Artículo 9.- Derechos. 1. El Título de Cronista Oficial otorga los siguientes derechos: a) A recibir del Ayuntamiento una Medalla conmemorativa del nombramiento y distintiva del título, según el diseño que apruebe la Corporación. b) A la compensación económica de los gastos generados por el ejercicio de su cargo o como consecuencia del encargo conferido de realizar algún estudio o investigación o publicación de carácter excepcional por su complejidad o por la inversión del trabajo que requiera, o que exija la realización de viajes o la adquisición de medios materiales específicos. c) A ser invitado a los actos públicos organizados por el Ayuntamiento y asistir a las sesiones del Pleno, sin voz ni voto, ocupando, en ambos casos, el lugar preferente que determine la Corporación. d) A recibir gratuitamente un ejemplar de todas las publicaciones editadas por el Ayuntamiento. e) A acceder a los fondos del Archivo y de la Biblioteca Municipal para su consulta y estudio. En todo caso, el acceso a los datos obrantes en los expedientes y registros administrativos se efectuará en los términos señalados en la vigente normativa básica de régimen jurídico y procedimiento administrativo común. f) A utilizar el material y los medios técnicos, informáticos y acceso a las tecnologías de la información, que se pondrán a su disposición en el despacho o local facilitado al efecto para el desarrollo de su labor. g) A la publicación por parte del Ayuntamiento de la "Crónica de la Ciudad de Almendralejo", siempre que se considere oportuno por la Junta de Gobierno Local. 2. El Título de Cronista Honorífico dará derecho a ser invitado a los actos públicos organizados por el Ayuntamiento y a las sesiones del Pleno municipal en los que se establezca. Disposición Adicional. Competencia. Sin perjuicio de las competencias atribuidas por este Reglamento a los distintos órganos municipales en materias concretas, todas las cuestiones que se susciten referentes a las figuras del Cronista Oficial de la Ciudad y Cronista Honorífico y a su actividad y relaciones con el Ayuntamiento se desarrollarán a través de la Alcaldía Presidencia. Disposición Derogatoria. Cualquier Reglamento, Ordenanza, documento o acuerdo que contravenga lo dispuesto en el presente Reglamento quedará derogado con la publicación y la entrada en vigor del mismo. Disposición Final. El presente Reglamento entrará en vigor, una vez aprobado definitivamente y publicado íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Este Reglamento fue aprobado inicialmente en el Pleno celebrado el día 28 de julio de 2008. Al no haberse presentado ninguna reclamación o sugerencia quedó definitivamente elevado a definitivo el acuerdo plenario por disposición de la Alcaldía-Presidencia de 24 de septiembre de 2008, y publicado íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, número 187, de 29 de septiembre de 2008.


Nombramiento de Cronista Oficial de la ciudad de Almendralejo

Se transcribe el punto 2º del Pleno del Ayuntamiento de Almendralejo, celebrado el día 29 de septiembre de 2008: 2º.- PROPUESTAS DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA [D. José María Ramírez Morán] DE NOMBRAMIENTO DE CRONISTA OFICIAL DE LA CIUDAD Y DE CRONISTA HONORARIO.- Por el Sr. Secretario [D. Jesús Hernández Rojas] se da cuenta de estas propuestas de la Alcaldía-Presidencia, del tenor literal siguiente: PROPUESTA DE CRONISTA OFICIAL -“Aprobado el Reglamento regulador de la figura del Cronista Oficial de la Ciudad de Almendralejo, en sesión del Pleno celebrada el 28 de julio del presente año y elevado a definitivo dicho acuerdo al no haberse presentado reclamación o alegación alguna sobre su contenido o sobre el expediente tramitado, durante el periodo de Información pública, siguiendo el procedimiento establecido en su artículo 3, se ha incoado y tramitado el expediente correspondiente. De acuerdo con lo previsto en los artículos 1 y 3.2, en el expediente, del que se ha dado audiencia al interesado, figura Memoria-Currículum de D. Francisco Zarandieta Arenas, en el que se pone de manifiesto su extensa labor como docente en la Universidad de Extremadura y Gestor de Centros Universitarios en la misma, Tutor en el Centro Regional de Extremadura de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, como Maestro y Gestor de Centros Docentes no Universitarios, su experiencia Investigadora, Ponencias y Comunicaciones en Coloquios, Jornadas, Congresos, Encuentros científicos, Cursos y Seminarios en los que ha sido Ponente, todo ello relacionado con su formación académica en las áreas de Historia e Instituciones Económicas. Asimismo, habría que destacar dentro de su labor investigadora, los trabajos, estudios y publicaciones que ha llevado y está llevando a cabo relacionados con Extremadura, la Comarca de Tierra de Barros y, muy especialmente, con la Ciudad de Almendralejo. Dentro de estos habría que destacar el trabajo presentado en la Memoria de Licenciatura en Filosofía y Letras (Sección de Historia) por la Universidad de Sevilla, en la que se incluye el trabajo realizado bajo el título: "Almendralejo (Badajoz). Población y Espacio Urbanos en 1975"; la Tesis Doctoral bajo el título: "Almendralejo en los siglos XVI y XVII. Demografía, sociedad e instituciones". Dentro de sus ponencias y comunicaciones en Jornadas sobre Geografía de Extremadura y Coloquios Históricos se podrían citar, entre otros, “La aportación al conocimiento de la evolución urbana de Almendralejo”, “Almendralejo: población y espacio urbanos en 1665”, “La Orden Franciscana en Almendralejo”, “Un vecindario en Almendralejo en 1665”, “Introducción del cultivo de la vid en Almendralejo a finales del siglo XVIII”, “Fichas para una historia de la vid en Tierra de Barros: La Revista de Almendralejo (1878-1886)", y “Aproximación histórico-social de Almendralejo en el siglo XIX". Teniendo en cuenta la tramitación del expediente y los méritos que concurren en la persona del Profesor Francisco Zarandieta Arenas,  vecino de esta Ciudad, propongo al Pleno la adopción del siguiente ACUERDO: Nombrar a D. Francisco Zarandieta Arenas como Cronista Oficial de la Ciudad de Almendralejo, nombramiento que conllevará los honores, derechos y obligaciones establecidos en el Reglamento aprobado por el Pleno que regula dicha figura.” PROPUESTA DE CRONISTA HONORARIO Aprobado el Reglamento regulador de la figura del Cronista Oficial de la Ciudad de Almendralejo, en sesión del Pleno celebrada el 28 de julio del presente año y elevado a definitivo dicho acuerdo al no haberse presentado reclamación o alegación alguna sobre su contenido o sobre el expediente tramitado, durante el periodo de Información pública, siguiendo el procedimiento establecido en su artículo 3, se ha incoado y tramitado el expediente correspondiente. Teniendo en cuenta los especiales merecimientos, su arraigo en la Ciudad de Almendralejo, así como su dedicación como Cronista Oficial de la Ciudad, cargo para el que fue nombrado por la Comisión Permanente del Ayuntamiento en su sesión celebrada el 31 de mayo de 1968. De acuerdo lo previsto en los Artículos 2 y 5 del Reglamento que regula la figura del Cronista Oficial, propongo al Pleno la adopción del siguiente ACUERDO: Nombrar Cronista Honorario de Almendralejo a D. Francisco Hernández García, que fue Cronista Oficial de esta Ciudad desde 1968.”- Interviene la Sra. Batuecas García [Grupo PP] para congratularse, en nombre de su Grupo municipal, por la propuesta formulada por el Sr. Alcalde para la designación como cronista oficial de D. Francisco Zarandieta Arenas, profesor que se ha destacado por su importante labor docente en Almendralejo y en la Universidad de Extremadura así como por su importante labor de investigación sobre la historia, la demografía y costumbres de la Ciudad. Asimismo, en su propio nombre y en el de su Grupo quiere felicitar al Sr. Zarandieta y a D. Francisco Hernández García por el reconocimiento que, su nombramiento como cronista honorario, supone a su labor como cronista oficial. Con la venia de la Alcaldía-Presidencia, interviene la Sra. Sánchez Rodríguez [Concejala no adscrita], para felicitar al Sr. Zarandieta Arenas por el nombramiento y agradecer su legado y la transmisión de valores a través de sus publicaciones, charlas y conferencias que ha pronunciado. Interviene el Sr. Fernández Nieto [Grupo IU] para felicitar a las dos propuestas. Con la venia del Sr. Alcalde-Presidente, interviene el Sr. Bote Lavado [Grupo PSOE-Regionalista] para felicitar a los nombrados y destacar que, aunque el Sr. Zarandieta Arenas ya ha estado ejerciendo como cronista de hecho, por su labor investigadora sobre la historia, costumbres y gentes de nuestra ciudad, este nombramiento supone oficializar esa tarea y dotarle de medios para que pueda desarrollarla en lo sucesivo. También señala el Sr. Bote Lavado la importante labor que desarrolló en el Consistorio, como servidor público, la legislatura que permaneció como concejal. Para terminar, señala que el nombramiento del Sr. Hernández García no es más que el reconocimiento a su tarea como cronista de esta villa. Sometido a votación, la Corporación Municipal, por unanimidad de los veinte señores/as concejales/as asistentes de los veintiuno que de hecho y de derecho la componen, y, en consecuencia, por mayoría absoluta legal, acordó: PRIMERO.- Nombrar a D. Francisco Zarandieta Arenas como Cronista Oficial de la Ciudad de Almendralejo, nombramiento que conllevará los honores, derechos y obligaciones establecidos en el Reglamento aprobado por el Pleno que regula dicha figura. SEGUNDO.- Nombrar Cronista Honorario de Almendralejo a D. Francisco Hernández García, que fue Cronista Oficial de esta Ciudad desde 1968.


 

Acta de Toma de Posesión

En Almendralejo a uno de octubre de dos mil ocho.

Ante el Sr. Alcalde Don José María Ramírez Moran, asistido de mí el Secretario, comparece a las once horas Don Francisco Zarandieta Arenas, con domicilio en calle XXXXXXXXXXX, de Almendralejo, con DNI número XXXXXXXX, el cual ha sido nombrado Cronista Oficial de la Ciudad de Almendralejo, por Acuerdo adoptado en Sesión Plenaria Ordinaria de veintinueve de septiembre de dos mil ocho.

Se identifica al compareciente quien manifiesta su voluntad de tomar posesión del cargo.

El Sr. Alcalde le toma juramento (o promesa) que el Señor Zarandieta Arenas, presta, manifestando que jura (o promete) cumplir fielmente las obligaciones del cargo de Cronista Oficial de la Ciudad de Almendralejo, conforme al “Reglamento Municipal de la figura de Cronista de la ciudad de Almendralejo”, con lealtad al Rey y de guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado.

El Señor Alcalde le da posesión de su cargo, con efectos del día uno de octubre de dos mil ocho, dando por terminado el acto.

Y para constancia de lo tratado extiendo la presente acta que suscriben los asistentes y la certifico con mi firma.

El Interesado: Francisco Zarandieta Arenas. Fdo. y Rdo.- El Alcalde: José María Ramírez Morán. Fdo. y Rdo. Hay un sello que dice: Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo. Alcaldía.- El Secretario: Jesús Hernández Rojas. Fdo. y Rdo. Hay un sello que dice: Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo. Secretaría.