Francisco Elías de Toro (1925-1926)

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La concurrencia a la Junta General de enero de 1925 fue numerosa, si tenemos en cuenta que sólo votaban los socios mayores de 23 años, aunque su inscripción en la Sociedad fuera a partir de los 18 años. Votaron para presidente al abogado Francisco Elías de Toro (11-1-1925 a 10-1-1926) con 217 votos, frente a los 142 que obtuvo Rafael Rodríguez González.

Su año de mandato estuvo marcado por la música y los socorros, sin que existiera entre ambas actuaciones la divergencia que se pregonaba en la Junta General de enero, donde un socio se lamentaba de que, a su juicio, se prestara poca atención a las necesidades sociales, el socorro mutuo, gastándose más en la parte recreativa, para concluir pidiendo “en vez de música, más cooperativa, que evidentemente produciría ventajas económicas a todos los socios[i].

Los problemas económicos tenían tan paralizada la actividad de la Academia y Banda de Música que el director y los músicos fueron convocados a una sesión de la Junta Directiva, el 7 de febrero de 1925, con objeto de conocer su opinión sobre este asunto. Se puso de manifiesto que estaban prácticamente desorganizadas por falta de miembros y éstos no acudían por falta de remuneración adecuada al trabajo que realizaban; necesitaban, según sus cálculos, una subvención de 5.000 pesetas del Ayuntamiento[ii] y unas 2.000 pesetas que recaudarían con sus actuaciones. En vista de esta situación, se convocó una Junta General extraordinaria con objeto de decidir sobre su disolución o reorganización. En dicha Junta, todos los intervinientes se manifestaron totalmente favorables a la reorganización, incluso con ofrecimiento de donativos por parte del expresidente Guillermo García Romero de Tejada, y determinaron el nombramiento de una comisión que estudiara las mejores fórmulas para revitalizar la Academia y Banda de Música.

Volvieron algunos músicos que habían abandonado la formación con lo que pudieron participar en la Fiesta del Árbol, y se fueron confeccionando y reparando uniformes y gorras, se pusieron a punto los instrumentos, intervinieron en diversas localidades, y el concejal Guillermo García Romero de Tejada consiguió del Ayuntamiento una subvención de 5.000 pesetas, que quedó distribuida entre los componentes de la Banda[iii].

La Sociedad había gastado en uniformes la cantidad de 895 pesetas, que pretendía obtener de la celebración de actos extraordinarios de la Banda; como en estas circunstancias los músicos no cobraban nada por estas actuaciones, no estaban muy de acuerdo y, en vísperas de la Junta General de julio, donde debía tratarse el tema, algunos músicos mostraron su deseo de no continuar en la Banda. Aunque más tarde rectificaron su postura, los socios argumentaron que debería recogerse en el Reglamento que no podían producirse esas acciones coactivas, por lo que era conveniente que se pidiera a los músicos que expresaran claramente su compromiso con la Banda, so pena de expulsión, no sólo de ella sino también de la Sociedad. La Junta terminó por asumir como propio, con cargo a los fondos sociales, el gasto de los uniformes, para apaciguar los ánimos.

Sin embargo, días después el director Rui-Díaz solicitó un aumento del 50% en sus haberes, de 2.000 a 3.000 pesetas anuales; imposible de satisfacer por la Directiva que no estaba muy contenta, además, con su actuación por lo que lo destituyó con fecha 6 de agosto, nombrando director interino a Francisco Martínez Asuar, que fue confirmado como definitivo el 22 de dicho mes, al ser el único solicitante al puesto y cumplir los requisitos que se pedían.

El Reglamento de 1925, citado anteriormente, ha llegado hasta nosotros en borrador; lo que, además nos permite conocer las alteraciones últimas de dicho documento, pues contiene tres tipos de redacciones que se distinguen perfectamente por el tipo de letra (y de papel) empleado. Consideraremos como Reglamento-base el más antiguo, que podría ser el aprobado un año antes, en agosto de 1924; y que comprende los artículos 1-26 y 41-56. La nueva redacción de artículos se refiere a los artículos 27-40 y 57-62. Y las últimas correcciones van señaladas en notas. Es evidente que el mayor número de correcciones se dan en los artículos que tratan de aspectos económicos.

“Reglamento de la Academia y Banda de Música de ‘El Obrero Extremeño’. Almendralejo.

Título 1º

Capítulo único

Objeto de la Academia y de la Banda

Artículo 1: La Sociedad Cooperativa y de socorros mutuos denominada “El Obrero Extremeño”, domiciliada en Almendralejo, crea la Academia de música con objeto de facilitar la enseñanza gratuita del arte de la música a los socios, sus hijos o hermanos.

Artículo 2: También se crea por dicha Asociación la Banda de música, con el fin de proporcionar a los individuos que a la Entidad pertenezcan ese elemento de cultura y recreo, considerándosela como centro de educación.

Artículo 3: La Sociedad y los músicos tendrán los ingresos que se determinarán.

Artículo 4: La Academia y Banda de música estará a cargo de un mismo Profesor, que tendrá el carácter de Director, cuyo nombramiento, por ser retribuido, corresponderá a la Junta Directiva, de acuerdo con las prescripciones del Reglamento ordinario, señalando aquella el haber que con cargo a los fondos sociales ha de disfrutar anual o mensualmente por todos los servicios a su cargo, relacionados con tal Institución.

Artículo 5: El Inspector será nombrado por la Junta Directiva, de su seno, por el plazo de un año, pudiendo ser reelegido sucesivamente si lo estima conveniente aquella.

Artículo 6: la Sociedad “El Obrero Extremeño” facilitará el archivo e instrumental, atriles y demás accesorios y el mobiliario de la Banda y Academia que sean de reconocida necesidad.

Artículo 7: Serán de cuenta de la Sociedad cuantos arreglos fueren necesarios en el instrumental, siempre que los desperfectos se originen por el uso constante del instrumento. Si fueren producidos por abandono del músico, la reparación del desperfecto será de su cuenta, y en este caso no percibirá su remuneración sin antes haber dado a la Sociedad las cantidades que hubiere satisfecho la misma con tal motivo.

Artículo 8: Las obras musicales existentes y las que en lo sucesivo se adquieran, serán propiedad de la Sociedad y, por tanto, costeadas de los fondos de ella.

Artículo 9: No serán admitidos en la Academia ni en la Banda los que dejaren de asistir a cualquiera de ellas sin existir causa justificada o fueren separados o expulsados de las mismas.

Artículo 10: El individuo que sea baja en la Sociedad o en la Banda perderá todos sus derechos del fondo particular de la Banda, excepto la cantidad que no hubiere cobrado por concepto de contratas.

Artículo 11: La Banda estará obligada a asistir en corporación, de uniforme y gratuitamente, al entierro de cualquier compañero o miembro de ella, del Director, Inspector y de todo socio que desempeñe cargo en la Junta Directiva o Consejo de Intervención y Estadística.

Título II

Capítulo I

De la Academia

Artículo 12: Tienen derecho a ingresar en la Academia de música los socios, sus hijos o hermanos, siempre que concurran en estos las circunstancias siguientes: A) saber leer y escribir; B) tener más de ocho años de edad y menos de dieciocho, con obligación de asociarse al cumplir estos.

Artículo 13: El ingreso en la Academia se solicitará de la Junta Directiva, quien previo informe del Director de aquella y con el visto bueno del Inspector resolverá sobre la admisión o no de los solicitantes.

Artículo 14: Concedido el ingreso en la Academia, el alumno tiene el deber de concurrir con puntualidad los días y horas que se señalen al efecto y el de obedecer y respetar a sus profesores y condiscípulos.

Artículo 15: En la Academia habrá el número de alumnos que el Director e Inspector señalen con la aprobación de la Junta Directiva, teniéndose principalmente en cuenta las aspiraciones de la Sociedad.

Artículo 16: Las horas de clase para los alumnos las fijará el Director de acuerdo con el Inspector, quien a su vez lo pondrá en conocimiento de la Directiva. Habrá clase todos los días no festivos durante una hora como mínimo.

Capítulo II

De la Banda

Artículo 17: Los alumnos de la Academia formarán parte de la Banda en concepto de educandos, cuando a juicio del Director se encuentren en aptitud para ello. A tal vez, dicho Director deberá ponerlo en conocimiento del Inspector, quien dará de ello cuenta a la Junta Directiva

Artículo 18: En la Secretaría de la Sociedad se llevará un libro especial de estadística en el que con toda exactitud se registrarán los nombres de los individuos que integran la Banda y el de los alumnos que asisten a la Academia, fecha de ingreso y de salida.

Artículo 19: La Banda se compondrá además del Director, del Subdirector[iv], de los músicos que señale la Junta Directiva, oído el Director, quien será el facultado para determinar el instrumento que cada individuo ha de utilizar.- La clasificación de los músicos en tres categorías la llevarán a efecto el Director, Inspector y dos músicos de los primeros elegidos previamente por sus compañeros por mayoría de votos.

Título III

Capítulo único

De los músicos. Sus deberes

Artículo 20: Los músicos habrán de concurrir con toda puntualidad a ensayos y a las fiestas o actos públicos a que la Banda tenga que asistir, dentro o fuera de la población, a cuyo efecto serán avisados por el Director, concurriendo con puntualidad a los sitios y horas que se les indiquen.

Artículo 21: Están obligados los músicos a respetar y obedecer, sin excusa ni pretexto, tanto al Director como al Inspector e igualmente a sus demás compañeros.

Artículo 22: Cuidarán los músicos de la buena conservación de los instrumentos que se le confíen, presentándolos a la revista e inspección que efectúe el Director o el Inspector, los cuales impondrán los correctivos que crean oportunos a los que demuestren abandono o desidia en el uso o conservación de aquellos, y en este caso serán castigados por la Junta Directiva, incluso con la expulsión de la Banda si fuesen reincidentes y lo estimasen necesario.

Artículo 23: Los individuos que constituyan la Banda vestirán de uniforme en todos los actos públicos que ésta tenga que asistir, usando calzado negro, debiendo tener siempre, a su costa, el uniforme en perfecto estado de aseo y conservación, incumbiendo a los Señores Inspector y Director hacer cumplir rigurosamente los deberes impuestos a los músicos, en este artículo, corrigiendo la primera falta con multa de cinco pesetas y, caso de reincidencia, con el aumento que estimen discrecional, pero sin poder en ningún caso exceder la multa de veinticinco pesetas.

Artículo 24: La falta de puntualidad, y la inasistencia, por parte de un músico a un acto público, será castigada por el Director con multa, en el primer caso, de una [tachado: dos] pesetas, y la no concurrencia con cinco pesetas y pérdida de la cantidad que le pudiera haber correspondido.- Únicamente se considerará causa justificada la de enfermedad acreditada facultativamente o tener luto por pérdida de padres, cónyuge, hijos o hermanos, en cuyo caso queda relevado el músico de asistir a actos de la Banda, incluso ensayos, por un plazo máximo de veinte días con derecho a haberes.

Artículo 25: El músico que tuviere necesidad de ausentarse de la localidad por más de tres meses y menos de tres años, o padeciere enfermedad que le impida continuar formando parte de la Banda, habrá de ponerlo en conocimiento del Director con cinco días de antelación por lo menos, y si se le concede la separación de la Banda, no se le liquidará sus devengos en depósito hasta la segunda quincena del mes de diciembre.

Artículo 26: El músico que por causas ajenas a su voluntad tenga que solicitar la baja en la Banda, deberá ponerlo en conocimiento del Inspector y Director; y si así no lo verifica, perderá todos los derechos en aquella.

Título IV

Artículo

Capítulo único

De la contratación de la Banda

Artículo 27: La Banda no saldrá de la Sociedad sin previo acuerdo de la Directiva, salvo los casos de reconocida urgencia en los cuales el Presidente podrá autorizarla dando cuenta inmediata a aquélla, señalándose la tarifa[v] siguiente: Para la localidad, 150 pesetas por mañana y tarde y 75 pesetas por un acto. Para las contratas de fuera de la población: 200 pesetas por día y 100 pesetas por medio, ambas sumas libres de todo gasto para la Banda.

Título 5º

Capítulo único

De los ingresos de la Banda

Artículo 28: Toda cantidad que obtenga la Banda, previa las deducciones que más adelante se determinarán, serán ingresadas en una cuenta que al efecto abra la Sociedad a la entidad Banda, y el saldo resultante se distribuirá totalmente entre el Director, Subdirector y los músicos en la forma que se determinará.

Artículo 29: El Inspector de la Banda abrirá, así mismo, a cada individuo con opción al percibo de haberes una cuenta oficial en la que con todo detalle se consigne la cantidad que en cada función sea devengada al músico, así como lo que por donativos u otros conceptos le haya sido prorrateada y pertenezca al cuentadante.- El individuo con cuenta abierta que necesitara percibir el todo o parte de su haber lo solicitará de la Junta Directiva, la que, una vez comprobado el saldo resultante por la cuenta del Inspector, librará su entrega con la limitación que se establecerá en el artículo 33, siendo baja inmediata de la cuenta general y cargada en la personal del interesado.- No se acordará entrega alguna si el músico resultare deudor de los fondos sociales por cargos que se les hubiere hecho a tenor del artículo 22 de este Reglamento.

Artículo 30: A excepción de la consignación del Ayuntamiento, cuyo descuento se regirá por el acuerdo de 6 de junio último, la Sociedad percibirá el diez por ciento de los ingresos que obtenga la Banda, como indemnización por el capital invertido en el instrumental y por el que, siendo de reconocida necesidad, se adquiera en lo sucesivo, y adquisición de archivo.

Artículo 31: El noventa por ciento resultante líquido de los contratos que se concierte para fuera de la localidad, se distribuirá del modo siguiente: A) El Director percibirá el cinco por ciento.- B) El Subdirector, el dos y medio por ciento.- C) Y el resto del 82½ % se distribuirá [tachado: en la forma siguiente: El Subdirector, sustituto de éste y los diez músicos pertenecientes al primer grupo, 7 pesetas diarias cada uno; los seis músicos del segundo grupo percibirán 6,25 pesetas, uno; e igual número que integran el grupo 3º, cobrarán cada uno, 5,50 pesetas. El 2º platillero, 4 pesetas; dos educandos a 2,50 pesetas, y otro educando que, a la vez, sea ordenanza, tres pesetas.- Para la distribución de haberes devengados por contratos que se concierten para dentro de esta Ciudad, los músicos serán divididos en tres grupos, y cobrarán a base del tanto por ciento que resulta de la liquidación de 4,50 pesetas hecha en el acta número 26 del 6 de junio último].- Los músicos que no tomen parte en un espectáculo salvo inasistencia debida por enfermedad acreditada con certificación médica[vi], perderán, como consigna el artículo 24 la cuota que en caso contrario hubieren percibido, pero disfrutarán los inasistentes por fuerza mayor, la parte alícuota de cualquier donativo que se hiciese a la Banda][vii].

Artículo 32: A la Banda se abrirá una cuenta en la que ingresarán los donativos que aquélla tuviere, además de las cantidades que se acuerden.

Artículo 33: El músico que solicite a la conclusión de un espectáculo en que tome parte, la liquidación de su haber, sólo podrá percibir un 75%, quedando el 25% restante en depósito en la Caja social, para responder de las responsabilidades que hubiere contraído durante el ejercicio que termina con la liquidación que preceptúa el artículo 29.

Artículo 34: El reparto de las cantidades devengadas será hecho a los músicos por el Inspector con intervención del Director, descontándose las multas y las cantidades que éstos adeuden.

Título 6º

De la adquisición de uniformes

Artículo 35: Cuando hubiere que adquirir uniformes para los individuos de la Banda, la Junta Directiva, de acuerdo con el Inspector y Director, organizará o designará los espectáculos o actos extraordinarios necesarios al efecto. Se entiende por tales actos o espectáculos los que se acuerden previamente con este fin.

Artículo 36: El uniforme será propiedad del músico, siempre que hubiere asistido a los actos o espectáculos con cuyos productos se adquirió.

Artículo 37: El educando que ingrese en la Banda y se le facilite uniforme[viii] adquirirá la propiedad de éste [tachado: siempre][ix] que esté cumplido lo dispuesto en el artículo anterior [tachado: y a más del dinero que le corresponde por las contratas, el cual servirá para amortizar dichos gastos][x].

Artículo 38: El individuo de la Banda que deje de pertenecer a ésta cuando aún no se haya obtenido lo necesario para el pago de uniformes, perderá por completo el derecho a éste, pudiendo pagar la deferencia que exista si desea adquirirlo.

Artículo 38 bis: Todas las cantidades procedentes de imposición de multas [tachado: y pérdidas de haberes] de los señores que constituyen la Banda, bien sean en actos de la localidad o fuera de ella, se llevará a un fondo de reserva [tachado: que se destinará a nutrir la cuenta especial que se abra con el fin de sufragar los gastos de reparación y adquisición de uniformes. Si al liquidar dicha cuenta resultare al fin remanente, pasará como nueva partida a la del siguiente año y sólo será objeto de distribución entre los músicos en el caso de disolución de la Banda][xi].

Título 7º

Capítulo único

Del Director. Sus deberes y derechos

Artículo 39: Al Director se le impondrá por la Junta Directiva el correctivo, incluso multa, que esta crea conveniente por la falta de puntualidad o total o de otra índole.

Artículo 40: En caso de enfermedad del Director, que deberá acreditar con certificación facultativa, si lo estima la Directiva se hará cargo de la Academia y Banda el Subdirector o Sustituto.

Artículo 41: El Director ha de observar en la Academia y Banda y en los actos con ellas relacionados, una conducta irreprensible, para que sirva de ejemplo tanto a los alumnos como a los músicos.- Siendo la enseñanza el principal deber del Director debe este asistir con puntualidad a clase y poner gran empeño en que los resultados de aquella sean completamente satisfactorios, llenando así las aspiraciones de la Sociedad.

Artículo 42: El Director celebrará ensayo con la Banda durante tres días en semana, o más si es preciso, a fin de preparar la ejecución de las obras que se hayan de ejecutar en cualquier acto público.- El Director, de acuerdo con el Inspector, y ambos a su vez con la Junta Directiva señalarán en cada temporada la hora para dar principio a estos trabajos, comunicándoselo a los músicos para que concurran con la debida puntualidad.

Artículo 43: Para el mejor régimen interior de la Banda, el Director pasará lista al comenzar los ensayos, anotando en un libro que llevará al efecto, las faltas de asistencia, y dejando en blanco lo referente al importe de la multa para consignarlo a la terminación del ensayo, sentándose a tal fin las reglas siguientes: 1ª. Si la falta es de puntualidad la multa será de [tachado: 60][xii] céntimos para el músico de primera, de [tachado: 40][xiii] céntimos para el de segunda y de [tachado: 20][xiv] céntimos el de tercera.- 2ª. Si la falta es total, el correctivo será el del doble de lo que por categoría se deja consignado

Artículo 44: El Director anotará en el libro a que se refiere el artículo anterior, las faltas de asistencia de los alumnos a la Academia y todos los actos que en ella se realicen y puedan y deban ser objeto de corrección o castigo, los cuales pondrá en conocimiento del Inspector y, a su vez, éste, de la Junta Directiva.

Artículo 45: También llevará el Director un libro registro de las obras que consten en el archivo de la Banda, con expresión de sus autores y el número de papeles de que consta cada obra. También llevará un libro con nota detallada de las copias que se verifiquen, expresando la cantidad que arrojan dichas copias.

Artículo 46: El Director cuidará de que no sufra deterioro el instrumental confiado a los músicos, a cuyo efecto lo revisará con escrupulosidad cuando lo crea oportuno, siendo responsable de dichos deterioros si no da cuenta de los mismos a la Junta Directiva dentro del segundo día del en que lo conozca.

Artículo 47: El Director puede proponer al Inspector, y éste a su vez a la Directiva el arreglo y enajenación de instrumentos, siempre que ello se encamine al perfeccionamiento del instrumental.

Artículo 48: También puede acordar por sí el Director libremente, para mejorar en cuanto sea posible la armonía de la Banda, la variación de instrumentos entre los músicos.

Artículo 49: El Director cuidará que las obras que ejecute la Banda en los paseos y demás actos a que concurra, sean nuevas, variadas y de reputados autores.

Artículo 50: El Director pondrá en conocimiento del Inspector, y éste de la Directiva, por escrito, el programa de las obras que hayan de ejecutarse en cada espectáculo que se celebre dentro de la localidad.

Artículo 51: El Director no podrá tolerar a los músicos faltas de asistencias no justificadas, exigiendo en caso de enfermedad expresión facultativa por escrito.

Artículo 52: Procurará evitar el Director que con ocasión de actos del servicio se produzca incidente alguno, debiendo, cuando esto ocurra, dar inmediata cuenta al Inspector y a la Junta Directiva, quien podrá decretar el correctivo que estime conveniente, independiente de la multa que el Director creyere necesaria.

Artículo 53: Los músicos tendrán derecho a la concesión de permisos cuando le sean necesarios para atender a asuntos propios, siempre que tales permisos sean autorizados por el [borrado][xv].- En cualquier otro caso, el permiso habrá de solicitarse por escrito de la Junta Directiva, quien podrá concederlo, precediendo informe favorable del Director, sin que pueda exceder de ocho días.

Artículo 54: El Director designará un ordenanza, que podrá ser elegido de entre los [tachado: educandos][xvi] que estará para los servicios propios de la Banda, como colocar atriles, repartir papeles, etc.

Artículo 55: Cuando el Director tenga necesidad de gestionar asuntos dentro de la población, o ausentarse de ella, lo pondrá en conocimiento del Inspector, quien inmediatamente lo comunicará a la Junta Directiva.- Si la ausencia hubiere de durar más de ocho días, deberá solicitar por escrito autorización de dicha Junta.

Título VIII

Capítulo único

Del Subdirector

Artículo 56: En caso de enfermedad o ausencia del Director, será el encargado de hacer sus veces, estando sujeto en todo a los deberes y derechos que en el capítulo 7º tiene el Director.- El Subdirector será nombrado por el Director, dando cuenta a la Junta Directiva del citado nombramiento.

Título IX

Capítulo único

Del Inspector. Sus atribuciones y deberes

Artículo 57: El Inspector tiene ante la Academia y Banda la representación de la Sociedad, dado su carácter de Delegado de la Junta Directiva, con las facultades siguientes: 1º. Hacer cumplir el Reglamento y cumplirlo por su parte.- 2º. Vigilar todos los actos de la Academia y Banda así como las del Director en el ejercicio del cargo.- 3º. Comprobar cuando lo juzgue conveniente la existencia del instrumental y material, a cuyo efecto estarán estos a su disposición en todo momento.- 4º. Revistar el día primero de cada mes el instrumental y material, debiendo pasar el parte oportuno a la Junta Directiva.

Artículo 58: El Inspector efectuará todos los años inventario del instrumental, material y accesorios de la Academia y Banda, pasándolo a la Junta Directiva con nota expresiva del estado de conservación en que todo se encuentra.

Artículo 59: El Inspector llevará en los libros que al efecto necesite la contabilidad de la Banda por todos conceptos.

Disposiciones finales

Artículo 60: La Academia y Banda de música quedará extinguida cuando así lo acuerde la Sociedad en Junta General, o llegado el caso de la disolución de la Sociedad.

Artículo 61: La Junta Directiva procederá a la recogida de todo lo que de la pertenencia de la Sociedad obre en la Academia y Banda.

Artículo 62: Todas las dudas que surjan con respecto a la interpretación del Reglamento serán resueltas por la Junta Directiva de la Sociedad “El Obrero Extremeño”, y acatadas en todo caso por los señores que constituyan la Academia y Banda.

Sometido a la consideración de la Junta Directiva el presente Reglamento, se acordó, previo examen, su aprobación en sesión de hoy en que entra en vigor.- Almendralejo 1º de julio de 1925.- El Presidente.- El Secretario[xvii].

El otro asunto importante en 1925 tenía que ver con la razón de ser de la Sociedad, los socorros mutuos. Aquel año el número de asistidos por el socorro de enfermedad ascendió a 238 socios que recibieron una cantidad global de 5.396,50 pesetas, el montante anual más elevado gastado por este concepto; la cantidad entregada para los anticipos de 50 pesetas fue también la máxima concedida en un solo año (y no volvería a ser superada en ningún otro), 4.750 pesetas, para 95 socorridos: en los presupuestos se elevó la cantidad para este concepto de 2.000 a 3.000 pesetas, y deducidos los reintegros habidos en el año, el saldo final arrojaba un importe pendiente de 2.720 pesetas.

La mayor necesidad social que denotan estas cifras, movieron a la Sociedad a aprobar un nuevo socorro, consistente en la entrega de 50 pesetas a los beneficiarios del socio fallecido que llevara cinco años efectivos como asociado, previa petición de la persona que se considerara con derecho a ello; es decir, venía a suponer un aumento del 100% del socorro de defunción: durante aquel año lo recibieron 13 familiares de socios fallecidos (1.300 pesetas).

Además, se retomó la puesta en vigor del socorro extraordinario de defunción que, aprobado en 1917, se había ido demorando su aplicación por la complejidad que presentaba, la última vez en 1923, como hemos indicado. Ahora, se pidió a los socios que “expresamente” manifestaran su deseo de suscribir el citado socorro (que ya no se considera obligatorio a todos los socios), que empezaría a regir desde el 13 de julio, independientemente del número de socios que lo hubieren confirmado[xviii]. En dicha fecha lo habían suscrito 847 socios, que a final de año serían 867 de los 1.514 que contaba la Sociedad. Debían pagar, como es conocido, una peseta cada uno, a cada fallecimiento de un socio inscrito: en aquel año, recibieron este socorro 5 familiares de socios fallecidos, que, por término medio, percibieron 855 pesetas.

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Conferencia de Matías Villegas Gil. Año 1925

Ya nos hemos hecho eco de la conferencia pronunciada por Matías Villegas Gil, cabo del distrito de Almendralejo, sobre el Somatén, que estuvo muy concurrida y comenzó con las siguientes palabras de agradecimiento:

 

Sr Presidente, amigos y compañeros somatenistas, distinguidos consocios del “Obrero extremeño”. A vosotros, representación integral de la Ciudad, casa solariega del trabajo de esta colmena laboriosa que se llama Almendralejo, amparadora de todas las actividades sociales en sus múltiples aspectos, intelectual, agrícola, industrial, comercial…”.[xix]

[i] AOE, LA, 12, 11-1-1925.

[ii] Todavía en estas fechas el Ayuntamiento adeudaba 337 pesetas de la subvención por el cuarto trimestre de 1923.

[iii] AOE, LA, 12, 6-6-1925. De esta forma conocemos la nómina de sus componentes, así como el instrumento que tocaban. Eran los siguientes: Director: Enrique Rui-Díaz. Subdirector: Francisco Martínez Asuar (clarinete). Sustituto del subdirector: Ángel Rui-Díaz (clarinete). Primera categoría: Diego Nieto Zambrano (requinto), Julio Álvarez Mayo (clarinete), Francisco Rocha Folgado (fiscorno), Antonio Lavado Sánchez (trompeta), Alfonso Vélez Llanos (trompeta), Francisco Vidal Vicent (trombón), Mateo Barahona Lavado (bajo), Tomás Cortés Bote (saxofón), Ángel Nieto Zambrano (caja), José Vaquerizo Flores (bombardino). Segunda categoría: Antonio Díaz Delgado (trombón), Juan Crespo Pérez (clarinete), Félix Zambrano Vargas (bombo), Tomás Bote (cornetín), Juan Vázquez Gallardo (bajo), Félix Tinoco Donaire (clarinete). Tercera categoría: Jerónimo Tejeda (bombardino), Juan Antonio Aponte Gallardo (bajo), José Almagro Pérez (saxofón), Ventura Villena Martínez (trombón), José Pérez González (flauta), Fernando Pérez (platillero); además de un educando que hacía las veces de ordenanza.

[iv] y suplente de éste.

[v] mínima

[vi] de la Sociedad

[vii] entre los músicos que asistan con arreglo a su categoría.- Entendiéndose que los de 1ª cobrarán 3 partes, los de 2ª, 2 partes y los de 3ª, 1 parte.- Para las salidas fuera, los de 2ª pasarán a 1ª y los de 3ª a segunda

[viii] no

[ix] aunque

[x] hasta que no pase a la categoría de 3ª

[xi] la cual será distribuida, a la vez que la totalidad, o sea, al finalizar el año

[xii] 30

[xiii] 20

[xiv] 10

[xv] Inspector y Director

[xvi] músicos

[xvii] En la citada sesión de 1-7-1925 no quedó reflejado ningún acuerdo sobre el citado Reglamento. El 1-8-1925 se encargó a una comisión que introdujera reformas en el Reglamento; y finalmente se aprobó el 8-10-1925.

[xviii] AOE, LA, 12, 10-5-1925. El 31 de julio de 1926 expiró el plazo para suscribirse a este socorro, de tal modo que quien lo hiciera a partir de esta fecha quedaba obligado a un periodo de carencia de dos años para tener derecho a la percepción.

[xix] VILLEGAS GIL, Matías (1925): Conferencia sobre el Somatén, Almendralejo, Imp. Manuel Soto

 

Guillermo García Romero de Tejada (1922-1925)

presidente.pngguillermo.pngEn la renovación de cargos de 8 de enero de 1922 resultó elegido presidente, Francisco Montero de Espinosa y de la Barrera, que no llegó a tomar posesión porque tres días más tarde presentó un escrito excusándose de dicha obligación, debido a su significación política; por lo que, reglamentariamente, el Consejo de Intervención y Estadística procedió a nombrar presidente, con carácter interino, a Guillermo García Romero de Tejada (25-1-1922 a 11-1-1925), que sería ratificado como tal en enero siguiente y cubriría, además, tres años en esta segunda etapa al frente de la Sociedad.

Son los “años malos” de la posguerra europea con una fuerte subida de la inflación, el precio del pan y otros productos básicos, que provocan en la comarca motines y revueltas por la escasez de jornales, las injusticias del impuesto de consumo y las deficientes cosechas, en especial la de 1922, lo que hizo que se redoblaran los esfuerzos en las solicitudes de subvención a los ministerios correspondientes.

Aunque la descripción de la situación pueda parecer un tanto exagerada, en orden a conseguir una mayor comprensión del Ministerio de Trabajo que llevara a la concesión de la subvención de 5.000 pesetas que se le piden, para atender a los fines benéficos de la Sociedad, no deja de ser significativo y no muy alejados de la realidad los argumentos que se señalaron y que transcribimos: 

“en vista de la exigua cantidad existente en Tesorería para atender al suministro de socorros a socios enfermos, primordial deber de esta Sociedad, comprobado por el Reglamento que la rige, y teniéndose además en cuenta el crecido número de Asociados que percibe este beneficio, por ser, en una proporción del noventa por ciento, personas artesanas y obreros agrícolas que sólo cuentan con el producto del pequeño jornal eventual que ganan los días que su estado físico se lo permite; notándose por desgracia que cada vez vienen anualmente disminuyendo, por ser asequibles a todas clases de enfermedades; tal vez en su mayoría, hijas del agotamiento que les crea la ruda labor a que se dedican o a la deficiente alimentación que perciben, ya que cuentan con numerosa familia a que atender”[1].

Después de varias gestiones para buscar un director a la Banda y a la Academia de Música lo encuentran en el profesor de la Banda Municipal de Madrid, Rafael Franco Rastrollo[2], que accedió a trasladarse a Almendralejo, junto con su mujer, maestra que abriría la escuela “La Milagrosa”, y durante año y medio iba a revitalizar la vida musical en la ciudad con numerosas actuaciones, dentro y fuera de Almendralejo, en los conciertos ofrecidos en el local de la Sociedad, en el Parque de la Piedad, la Plaza de Toros, el Teatro Carolina Coronado, o participando en procesiones y veladas musicales en diversos centros sociales.

Su principal apoyo fue el presidente de la Sociedad que, a su vez, como director de un semanario local, “El Defensor de los Barros”, ofrecía generoso eco a todas las actuaciones de la Banda, elogiándolas y describiendo los programas musicales desarrollados. Como presidente de la Junta Directiva, no le regateó nada en cuantas peticiones realizó, arreglo de instrumentos, aprobación de un nuevo Reglamento (desgraciadamente, no se conserva), creación de una “estudiantina” para el carnaval de 1923, suscripción a un periódico especializado en temas musicales, “Harmonía”, publicidad en la prensa con fotografía incluida, o la adquisición de nuevos instrumentos y uniformes para los músicos.

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Banda de “El Obrero”. Año 1922

Estos últimos aspectos requieren algún breve comentario. La Directiva autorizó a la Banda a sacar los instrumentos del local social con el objetivo de hacerse una fotografía. Esta decisión, aparentemente intrascendente, originó una fuerte discusión en el seno de la Directiva. Guillermo García Romero de Tejada, como presidente, había autorizado la salida de los instrumentos para que la Banda uniformada se retratara, cuya fotografía pagaría “de su bolsillo particular”, haciendo constar que el fotógrafo examinaría varios sitios y patios de casas particulares donde realizarla: eligió como más a propósito el patio de la casa de Francisco Montero de Espinosa y de la Barrera, y de ahí surgieron las discrepancias, por considerar que la fotografía realizada en la casa de esta persona tenía un matiz político (como el propio Montero de Espinosa lo había proclamado al excusarse del cargo de presidente de la Sociedad, para el que había sido anteriormente nombrado), incompatible con el apoliticismo de la Sociedad. La mayoría de la Directiva respaldó al presidente y la situación concluyó con la dimisión de los tres miembros discrepantes (contador, secretario y vocal).

La segunda cuestión tuvo que ver con el desacuerdo de un socio (padre de un directivo) sobre el proceder de la Junta respecto a la Banda, sosteniendo que se habían utilizado fondos de la Sociedad, sin consignación presupuestaria, para la adquisición de nuevos instrumentos; previamente, había sido amonestado por haber reprendido a un músico que tocaba un instrumento en el local social. Como éste reclamara ante la sanción y la Junta estimara que en tal escrito no se expresaba con corrección y se vertían afirmaciones que constituían para la Junta y el Consejo de Intervención y Estadística un agravio, determinó suspenderle en sus derechos de socio por tres meses.

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Novillada a favor de la Banda de Música. Presidencia de honor del acto. Año 1922

Reglamentariamente, ni los socios ni la Sociedad podían acudir a dirimir sus diferentes ante los tribunales de Justicia, por lo que a este socio sólo le quedaba la instancia de la Junta General, para cuya convocatoria extraordinaria debía reunir más de cien firmas de socios, lo que hizo presentando el oportuno escrito; pero la Junta, en uso de sus atribuciones, pidió la ratificación individual de cada firmante en el local social durante un determinado tiempo, a lo que no acudió nadie, con lo que se desestimó el escrito.

Otra vía, era la denuncia ante la opinión pública, exponiendo en la prensa la situación. Al semanario “El Defensor de los Barros”, cuyo propietario y director era el presidente de la Sociedad, Guillermo García Romero de Tejada, y que se publicaba desde mayo de 1921, le salió al año un competidor, “La Opinión”, que dio cabida en sus páginas a los argumentos del denunciante[1]. Era vicepresidente de la Sociedad, el sacerdote Pascasio Fernández Juez (además, voluntarioso director de la Congregación de Los Luises), contra quien también “La Opinión” arreció las críticas, incluso con llamadas ante el Obispo de la Diócesis, por su condición de sacerdote. Esto motivó un escrito de dimisión del sacerdote, en el que, haciéndose eco de algún altercado ocurrido en la Sociedad, cuyo contenido desconocemos, señalaba lo siguiente:

“Almendralejo, 8 de octubre de 1922.- Sr. Presidente y respetable Junta de El Obrero Extremeño.- Con hondo disgusto he sabido lo que ocurrió anoche en ese Centro; este indicio y otros demuestran claramente los apasionamientos de algunos que tratan de perturbar la paz de esa sociedad para mí tan estimada, los cuales yo calmaría en la medida de mis fuerzas, ayudando a los miembros de la Directiva, mis queridos amigos, si ocupaciones más directas de mi ministerio sacerdotal me lo permitieran. Por tanto, siento decirles que me den de baja como socio, para estar alejado de lo que divide a los hombres por asuntos terrenos.- Esto no obstante, no quiero evadir en nada las responsabilidades de nuestros acuerdos inspirados únicamente en la justicia y en la caridad.- Cuenten siempre con la estima y el respeto que les profesa su afmo capellán q. b. ss. mm. Lic. Pascasio Fernández Juez. [Rubricado]”[2].

La Junta no admitió la dimisión y le convenció para que la retirara, como así hizo el sacerdote, que ya sólo asistiría a contadas reuniones y no volvió a firmar en el Libro de Actas. Lamentablemente, se trasladaban también a las instancias cívicas, como “El Obrero”, las enconadas luchas que en las contiendas políticas provocaron el final del decadente sistema del turnismo; a nivel local, el Partido Conservador frente al de la “Defensa de la Ciudad”; cada uno con su órgano de prensa y propaganda, respectivamente, “La Opinión” y “El Defensor de los Barros”.

Respecto a los uniformes de la Banda, los músicos debían de costeárselos con los ingresos procedentes de sus actuaciones, pero como sólo hubieran reunido 500 pesetas, y faltaban todavía 2.116 pesetas, el presidente García Romero de Tejada los donó de su peculio particular a la Sociedad para que ésta, una vez rescatada la cantidad que ya habían aportado los músicos, quedase dueña de los citados uniformes; lo que fue aprobado en la Junta General de julio de 1923, con la salvedad que se hacía por una única vez, pues en el futuro los propios músicos cuidarían de sus uniformes y de las reparaciones o sustituciones que los mismos necesitasen.

La generosidad del presidente también se manifestó en otra situación: la subvención de 750 pesetas que otorgaba regularmente el Ministerio de Fomento no había llegado todavía a finales del año 1922, por lo que las donó para que la Sociedad no careciera de ese ingreso que necesitaba. La Junta General de enero de 1923 le agradeció el gesto, pero advirtió que no creara el precedente de que el presidente salvara con su dinero las carencias en las subvenciones, pues mermaría que otra persona de menos poder económico pudiera optar al cargo; por ello, se recalcó que la donación se hacía a título personal y no institucional. Pese a todo esto, su reelección en enero de 1924 estuvo más ajustada que en otras ocasiones, obteniendo 120 votos frente a los 115 de su oponente, Rafael Rodríguez González.

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 Directiva de “El Obrero Extremeño”. Año 1923

A mediados de 1923 se había vuelto a retomar el asunto del socorro extraordinario de defunción, que ya hemos indicado que se aprobó en el Reglamento de 1917, pero no se había llevado a la práctica[1]; dando un plazo de sesenta días para comparecer en secretaría a prestar su disconformidad; nadie se presentó, pero esto no se entendió como consentimiento tácito, por lo que acordaron volver a estudiarlo con detenimiento antes de ponerlo en ejecución. El socio Rafael Rodríguez González estimuló, a su vez, a sus compañeros con una “carta abierta” en “El Defensor de los Barros”, proclamando las excelencias de este nuevo socorro y animando a su suscripción[2].

En medio de tantas discrepancias, una estampa de época nos la proporciona el contrato para el suministro diario de leche en la Sociedad, realizado con un socio que cobraría en todo tiempo 0,60 pesetas por litro, con la expresa condición de ordeñar las cabras en la puerta del local social, con lo que se conseguía una economía de 0,20 pesetas por litro respecto al anterior ganadero que la proporcionaba[3].

En octubre de 1923 se produjo la dimisión del director de la Academia y Banda de Música, Rafael Franco Rastrollo, que tan buen papel había desempeñado al frente de la misma, debido a que su esposa, maestra nacional, se trasladaba a otra localidad. Durante un largo tiempo, no se cubriría su vacante, aunque esporádicamente la Banda siguió actuando en ciertos actos, especialmente, organizados por el Ayuntamiento, que aumentó la subvención que le concedía anualmente, de dos a tres mil pesetas, tal vez, con el ánimo de contribuir a su reorganización.

A principios de agosto de 1924 tuvo lugar la contratación de un nuevo director, Enrique Rui-Díaz, que en aquel momento ingresó, además, como socio. Días más tarde, se aprobó un nuevo Reglamento invitando a los socios, hijos y hermanos a que ingresaran en ella. Las inscripciones se multiplicaron y renació la esperanza de volver a revivir los éxitos de los años anteriores. La Directiva mejoró el local que servía de Academia y adquirió una serie de útiles que había solicitado el nuevo director (métodos Lemoine, cañas para clarinetes, zapatillas para flautín, compra de instrumentos, suscripción a la “Revista Musical”…), y se celebraron conciertos en el local social y en otros escenarios de la Ciudad durante el resto del año.

La Dictadura de Primo de Rivera influiría en la vida de “El Obrero” que, en definitiva, venía a ser un fiel reflejo de la sociedad almendralejense y española. A finales de 1923, acordaron fijar en el local social un anuncio suscrito por el jefe de la línea de la Guardia Civil de la Ciudad sobre la creación del Somatén en Almendralejo[4], en claro detrimento del carácter apolítico de la Sociedad.

Meses más tarde, se suscitó un nuevo problema “político”. El presidente Guillermo García Romero de Tejada había sido nombrado concejal, formando parte del nuevo ayuntamiento que tomó posesión el 7-3-1924. Pero, el 9 de marzo la Gaceta de Madrid publicó el nuevo Estatuto Municipal de la Dictadura, por el que se incorporaban a los ayuntamientos concejales electivos y otros, llamados corporativos, representantes de asociaciones o corporaciones importantes de la vida local. Uno de los concejales corporativos nombrados por el gobernador civil el 2 de abril fue el presidente de “El Obrero”, en su calidad de tal, pasando, en su caso, de elegible a corporativo.

Esta situación volvió a plantear el carácter político de un nombramiento que no había contado con el respaldo de la Junta General de la Sociedad. Una comisión de la misma visitó al alcalde, y todos decidieron oír el parecer de los asociados. Se convocó una Junta General extraordinaria, en la que durante tres horas se escucharon opiniones a favor y en contra: unas, que lo consideraban un honor; otras, que una carga impropia de su trayectoria apolítica. No se votó ninguna resolución, sino que la Junta Directiva, en vista de lo tratado, obrara en consecuencias[5].

Algunos de sus miembros acudieron a Badajoz a entrevistarse con el gobernador civil para hacerle patente el carácter de mutualidad que tenía la Sociedad, lo que debió mover a la primera autoridad provincial a cesar a Guillermo García Romero de Tejada como concejal corporativo, para inmediatamente nombrarle como concejal electivo, en sustitución de otra persona que había incurrido en un caso de incompatibilidad[6].

 

[1] Consistía en la entrega a la persona designada por el socio fallecido o a la familia del mismo en la forma que se determinaría, de una cantidad de pesetas igual al número de socios que constituyeran la Entidad al ocurrir el fallecimiento.

[2] RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, Rafael (1923): “Carta abierta. A la Junta Directiva y socios de ‘El Obrero Extremeño’”, El Defensor de los Barros, III, 110, 16-7-1923.

[3] AOE, LA, 11, 14-9-1923.

[4] AOE, LA, 11, 25-12-1923; además, en abril de 1925 se autorizaría que se impartiera una conferencia sobre esta institución en el local social. El Somatén constituía una especie de “milicia nacional”, no sólo como auxiliar de las fuerzas del orden en caso de revuelta, sino como encuadramiento de los ciudadanos en su colaboración cívica con el nuevo poder instituido.

[5] AOE, LA, 12, 27-4-1924.

[6] Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, 13-5-1924.

[1] Inició su publicación el 4 de mayo de 1922, bajo la dirección de José Domínguez Cabezas. Desde el 30 de noviembre de 1922 (nº 31) lo dirigió Ricardo Atienza. Los últimos números que conocemos son de 1923.

[2] AOE, LA, 11, 8-10-1922.

[1] AOE, LA, 10, 30-4-1922. El subrayado es nuestro y excusa de cualquier otro comentario.

[2] Sobre la figura y actuaciones del Sr. Franco, véase BOTE LAVADO, Tomás, ob., cit., pp. 83-98.

 

 

 

 

En 

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Fernando Sabido volvió a insistir, señalando que, en caso contrario, se daría de baja como socio, por lo que, finalmente, se le aceptó la renuncia, y el Consejo de Intervención y Estadística, según el Reglamento, nombró un presidente interino, hasta la Junta General de enero, en la persona del tenedor de libros Rafael Rodríguez González (9-7-1920 a 25-1-1922), que hizo constar expresamente, en su toma de posesión, que “declina toda clase de responsabilidad por la actuación anterior a esta fecha”, sin que, una vez más, conozcamos los hechos que llevaron a esta situación[1].

No estuvo libre de dimisiones la gestión del nuevo presidente, pues pareciera que, ante cualquier oposición, era el remedio empleado. Ocurrió que en la Novena de la Virgen de la Piedad de 1920 actuaba un célebre salmista, Julio Vidal, a quien se le ofreció celebrar en el salón social una velada musical, acompañado por dos niños cantores, en la noche del 13 de agosto, gratificándoles con 100 pesetas; velada a la que se invitó a las autoridades locales y presidentes de otras asociaciones. El presidente, “para que reinara el mayor orden y silencio, prohibió la venta de bebidas alcohólicas en el local social”, lo que motivó quejas. Esta situación y algún escándalo promovido por socios contra el salmista actuante, movieron al presidente a pedir la dimisión, que no fue aceptada por la Junta; y como éste reincidiera, la Junta amenazó con dimitir en bloque, lo que hizo desistir a Rafael Rodríguez, “por no crear ningún conflicto social[2].

En la noche del 7 al 8 de septiembre se produjo en la Ciudad una gran conmoción por el asesinato de José Gil Ruiz, socio de “El Obrero”, por lo que la Sociedad cerró el local en señal de duelo el día 10, y se sumó con las demás asociaciones locales, reunidas en el Círculo Mercantil a tal efecto, para invitar al vecindario al sostenimiento de la acusación popular, abriendo una suscripción, a la que “El Obrero” contribuyó con 100 pesetas[3].

La efeméride del 25 aniversario de la fundación de la Sociedad (25-12-1920) pasó sin ningún tipo de celebración, reseñada en las actas, ni en esa fecha ni en la del 1 de enero que, tradicionalmente, se había venido celebrando. Tan sólo la mención de que se cerrara el día de Nochebuena a las 8.30 de la noche “para que los empleados de la Sociedad pudieran, en tan tradicional fiesta, estar reunidos con sus familias[4].

Después de cumplir las bodas de plata, la Sociedad había multiplicado por cuarenta los 30 socios iniciales, pues ya contaba con 1.204 en un crecimiento prácticamente ininterrumpido, sólo con leves descensos en años críticos; en aquel de 1920 el gasto de socorros por enfermedad (4.684,50 pesetas para 239 socios) y las entregas de 50 pesetas por fallecimientos (850 pesetas en 17 casos) habían sido los más altos de su historia, a los que se unió la concesión de 55 anticipos de 50 pesetas cada uno (2.750 pesetas) que superaban, como desde hacía años, los 2.000 que presupuestaban para este socorro; a final de año, quedaban pendientes de recibir en este apartado 1.825 pesetas. Estas cantidades, a la vez que nos hablan de la labor social que se realizaba, muestran una buena administración, basada, principalmente, en la cuota mensual de 1 peseta, inalterable desde su fundación; pero necesitada también de alguna subvención, que se solicitaba anualmente con resultados varios, al Ministerio de Fomento, por importe de 750 pesetas, que solía conceder, y al de Trabajo, por 4.000 ó 5.000 pesetas, que no siempre llegaron.

La Banda y Academia de Música estuvieron casi inactivas durante 1921, en periodo de reorganización, pues sufrían una gran crisis económica, de autoridad y falta de músicos, por lo que, a pesar de estar solicitada su actuación para diversos actos benéficos y, por el Ayuntamiento, para las procesiones de Semana Santa (se citan las procesiones del viernes de Dolores y la del Santo Entierro), se suspendieron las actividades, aunque se dejó a los músicos en la libertad de acudir por su cuenta utilizando los instrumentos de la Sociedad.

Otros actos llenaron la ausencia de la música, pues nunca se habían programado “tantas” actividades culturales en poco más de un año, como las “conferencias literarias” que pronunciaron en 1921 los periodistas Domingo Rex, Benigno Bejarano[5] y Ricardo Atienza[6], éste bajo el título “La prensa y su influencia”; y en febrero de 1922, José María de Barbáchano, redactor de “El Financiero”, sobre “Alcance de la riqueza agrícola y pecuaria de la provincia de Badajoz: Alta industria. Estudio de varios proyectos iniciales. Transportes”.

Durante todo el año se sucedieron las reuniones para decidir el futuro de la Banda de Música; finalmente, en una sesión extraordinaria de la Junta General en noviembre se acordó que, en vista de que los músicos estaban dispuestos a continuar, se sostuviera la Banda sacando a concurso la plaza de director con el haber de dos mil pesetas anuales. Al mes siguiente, se designó como tal a Francisco Alfaro, pero éste no se presentó a tomar posesión a primeros de 1922, con lo que se revocó su nombramiento.

 

[1] Rafael Rodríguez fue elegido después, en enero de 1921, para el periodo anual correspondiente. Fue corresponsal de “La Libertad” en nuestra ciudad y alcalde durante dos días en abril de 1931.

[2] AOE, LA, 10, 16-8-1920.

[3] Fue el denominado “crimen del Pozo Airón”.

[4] AOE, LA, 10, 9-1-1921.

[5] Sobre Bejarano, véase, LABRADOR BEN, Julia María (2009): “Muerte no accidental de un anarquista español: el periodista y escritor Benigno Bejarano muere en un campo de exterminio”, Arbor, CLXXXV, 739, pp. 1.063-1.071.

[6] Colaborador de “El Defensor de los Barros”, pasó a formar después parte de la redacción del semanario rival “La Opinión”, del que llegó a ser director. Casó con la poetisa Isabel del Castillo.

 

Almendralejo y A Rua

En los primeros días de diciembre de 2002 se realizaron una serie de actos en Almendralejo que llevaron a la firma del protocolo de hermanamiento entre las dos localidades. El más importante se encuentra recogido en el acta de la sesión plenaria del Ayuntamiento almendralejense del día 26 de noviembre en cuya sesión plenaria se acordó por unanimidad hermanarse con la ciudad de A Rúa, aprobar el protocolo que se adjuntaba y facultar al Sr. Alcalde para que, en nombre y representación del Ayuntamiento, suscribirera el Protocolo y documentos complementarios que se precisaran.

Lo que no ha visto reflejado en ninguna documentación oficial o periodística fue el saludo que en nombre del ayuntamiento tuve el honor de proclamar en el Salón de Plenos del Ayuntamiento en presencia de las autoridades locales y de la delegación ruesa que nos visitaba, y que fue retransmitido a la ciudad hermana. Hoy, veinte años después, lo doy a conocer para que forme parte de mi pequeña historia almendralejense:

Ilustrísimas autoridades, queridas amigas y amigos:
Agradezco a Ramón Gutiérrez y a nuestro alcalde José María Ramírez la oportunidad que me han brindado de participar en este acto, no tanto para ejercer de historiador del hermanamiento sino para expresar mis sentimientos sobre el mismo. Y, en primer lugar, quiero dar un saludo de bienvenida a nuestros hermanos rueses, que hoy nos acompañan, aquí y allá, compartiendo con nosotros este emotivo Pleno.
Benvidos. Dende Almendralejo, no corazón da Terra de Barros, vos saudamos e vos acollemos como sabe facer esta Cidade da Cordialidade, e máis énchenos de ledicia que teñades vido da fermosa terra de Valdeorras para concluír esta relación de irmanamento.
De todos es conocido el origen de este encuentro entre rueses y almendralejenses. Corría el año 1996 y nuestra ciudad se enorgullecía porque su equipo de fútbol, el C. F. Extremadura, había conseguido el ascenso a la Primera División. Había que hacer una buena pretemporada, había que preparar con ilusión el debut en la máxima categoría nacional; y entonces apareció el alcalde de un municipio orensano, José Vicente Solarat, que abrió sus puertas al Extremadura y se ofreció para albergar aquellos días de preparación en un ambiente propicio: la localidad de A Rúa.
El deporte que, a veces, desgraciadamente, enfrenta aficiones, entidades y pueblos, ha ofrecido, en nuestro caso, su cara más noble, la que siempre debiera tener, para hermanar, no sólo a dos aficiones, sino a dos pueblos.
Desde entonces han sido varios y gratos los encuentros entre vecinos e instituciones de las dos localidades, que están en la mente y en el corazón de todos: los productos de la tierra, el deporte, el nombramiento de embajador de A Rúa en Almendralejo en la persona de Juan Francisco Sánchez, los contactos institucionales y la música, entre otros, han sido los eslabones de una cadena que nos ha ido uniendo cada vez más.
Hermanar es juntar, hacer compartible o armónica una cosa con otra, reunirlas o tenerlas juntas; y hermanamiento es un vínculo entre dos ciudades con alguna base semejante. A Rúa y Almendralejo tienen esa base, hay entre ellos importantes semejanzas.
Venís de la tierra más antigua de Hispania, emergida en la era arcaica cuando el resto peninsular yacía bajo las aguas, a estas otras tierras mucho más recientes de los Barros terciarios; pero formamos una misma unidad morfológica que aprovecha los dones que la Naturaleza les ha ido preparando lentamente, muy despacio, con cariño, como todo proceso geológico, originando las pizarras que dan fama mundial a vuestro valle, y los barros que lo dan al nuestro por la excelencia de sus vinos.
No he tenido todavía la fortuna de visitar A Rúa físicamente, pero también existe otra forma de conectar, otra empatía en la distancia entre personas que se consideran afines. Por ello, aún desde aquí, puedo recrearme en las espejeantes aguas del Sil, retenidas en el embalse de San Martiño, reflejando en su superficie la enorme mole del monte a cuyo pie se levanta la villa. Puedo entender el dicho popular “El Miño lleva la fama y el Sil el agua”, cuando leo la descripción que Madoz hiciera a mediados del siglo XIX sobre “aquel valle favorecido de la naturaleza y hermoseado por la industria de los hombres, donde la vid se mezcla con el almendro y otros árboles frutales, cuando todas sus cercanías están como de luto, cubiertas de escarcha, rocío y nieblas”.
Puedo imaginarme que ahora el ocre otoñal de los viñedos se une al gris de los tejados y al azul grisáceo del Sil, formando una paleta de colores, tan bella y tan distinta, en este caso, de nuestras planicies donde la tierra y el cielo se confunden en el horizonte, con otra gama cromática, la de los infinitos matices verdes y ocres de los suelos y los no menos bellos azules y rojizos de las puestas del sol. Y podemos ser solidarios y comprender y compartir la tristeza que ahora embarga a aquella hermosa tierra, con sus aguas y costas ennegrecidas, contaminadas por la ambición humana, y gritar también “nunca máis, nunca máis”, porque hoxe nos sentimos todos galegos; máis, hoxe somos todos galegos.
Los vinos ofrecen también otro motivo de hermanamiento, ya que tanto en la comarca de Valdeorras como en Tierra de Barros, se crían excelentes caldos, gracias a un clima templado y relativamente seco y al esmerado trabajo de los vitivinicultores cuyo esfuerzo ha conseguido el premio a la calidad reconocida de sendas Denominaciones de Origen, Valdeorras y Ribera del Guadiana.
En Valdeorras, el vino “mestre cantor de festas e turreiros, que vive no seu pazo soterraio”; el emblemático blanco de godello, amarillo, dorado o pajizo y de un fino aroma afrutado que recuerda a la manzana, y el tinto elaborado con mencía, de intenso color púrpura, ligero y sabroso, con quienes el poeta valdeorrés, Florencio Delgado Gurriarán, hace un “casorio”:

Casóu don Godello
con dona Mencía
e van pór a casa
polo “Val das Viñas”.

En Tierra de Barros son las variedades macabeo, pardina y tempranillo, entre otras, las que proporcionan blancos jóvenes y afrutados; tintos de crianza y espumosos que viven su formación casi monástica, apartados de cualquier ruido, para convertirse en cavas burbujeantes en el seno de bodegas subterráneas en las que hay que entrar de puntillas.
Hay razones, pues, afectivas, económicas, culturales para el hermanamiento, pero este no debe quedar solamente en un acto, en unas visitas mutuas de autoridades o vecinos que pasan unos días agradables en las localidades hermanas, en una entrega mutua de obsequios, en unos discursos; no puede, ni debe, ser sólo esto. Debe ser un deseo de abrirnos a nuestros hermanos de otra Comunidad española, demostrar por medio de la amistad y el intercambio que hay algo que nos une, enriquecernos con las diferencias culturales, enaltecer los rasgos propios de cada uno, promover el respeto mutuo hacia nuestras historias, conocer y valorar el patrimonio natural, crecer en nuestra personalidad, fomentar la convivencia aceptando las diferencias lingüísticas...
Para ello, es necesario que el hermanamiento se mantenga vivo a través de actividades que nos unan y que permitan un intercambio social continuo. Actividades de tipo deportivo, cultural o artístico, que busquen revalorizar las adquisiciones de nuestro pasado y de nuestras civilizaciones respectivas, en un espíritu de acercamiento, comprensión y tolerancia; actividades económicas y turísticas, que sean fruto de un fecundo contacto entre nuestros artesanos, comerciantes, industriales y agricultores; actividades educativas comunes entre los centros escolares respectivos, de formación y comunicación, en particular, para conocer mejor las raíces culturales en que nos asentamos; y, en definitiva, cualquier otra actividad que favorezca la construcción de una comunidad de pueblos, profundamente animada de un ideal de Paz, de Justicia y de Libertad.
Galicia y Extremadura son dos maneras de enriquecer esta España varia y común en que vivimos, dos formas de hacer y amar a España. En la voz de dos de nuestros poetas más representativos, ¡qué diferencia en los conceptos!, pero ¡qué unidad de sentimientos hacia la tierra!
Para Rosalía de Castro, Galicia es

Mimosa, soave
sentida, quixosa;
encanta si ríe,
conmove si chora.
Cal ela ningunha
tan doce que cante
soidades amargas,
suspiros amantes.

Luis Chamizo, por otra parte, dice a los viajeros que cruzan la tierra extremeña que

Si n’os podéis pará, meté pal bolso
este cacho e libreta,
y al pasá por aquí mirá pal cielo,
y endispués pa la tierra,
y endispués de miranos con cariño
principiar a leegla;
porqu’ella sus dirá nuestros quereles,
nuestros guapos jolgorios, nuestras penas,
ocurrencias mu juertes y mu jondas
y cosinas mu durces y mu tiernas.
Y sus dirá tamién como palramos
los hijos d’estas tierras,
porqu’icimos asina: -jierro, jumo
y la jacha y el jigo y la jiguera.

Y por eso, porque hay un pasado común y un sentimiento compartido, hemos querido hermanarnos; diría más bien, reconocer que estamos hermanados y que lo corroboramos con estas manifestaciones de amistad y cooperación. Deseo que sea una experiencia enriquecedora, que ayude a comprendernos y a respetarnos, fortaleciendo lo que es común y aprendiendo de las diferencias.
Amigas e amigos rueses, irmáns galegos, benvidos a vosa casa; bienvenidos a vuestra casa.

El domingo 16 de junio de 1985, TVE-2 (Día del Señor) retransmitió, desde la Parroquia de la Purificación de Almendralejo, la Santa Misa conmemorativa del 25 aniversario del párroco, D. Javier Moriche Trigo, en nuestra Ciudad. Aunque la cinta no es de gran calidad, en espera de otra mejor, la evocamos para volver a vivir los sentimientos y las emociones de aquel día, a la vez que recordamos a muchas personas que desgraciadamente ya no están con nosotros. Antes de la Eucaristía, se recrea con un bello texto el paisaje de Almendralejo, campo y ciudad. 

Solo con lo bueno

Estamos en el mes de noviembre, "ese dichoso mes / que empieza en Todos los Santos / y acaba con San Andrés". Es el llamado mes de los difuntos, conmemoración del día 2, mientras que el primer día del mes se celebra la fiesta gozosa de Todos los Santos, ambas festividades instituidas por la Iglesia hacia los siglos IX y X para que tengamos presente que estamos en esta vida de paso para la otra.
A la vez que en los teatros se reponía tradicionalmente el "Tenorio", de Zorrilla, los cementerios se llenaban y se llenan de flores, de velas y de personas que recuerdan, especialmente en este día, a los familiares y amigos fallecidos. Hoy, para tratar este tema tan cercano, nos vamos a alejar en el tiempo, como queriendo dar a entender, ingenuamente, que el problema no va con nosotros. Por eso quisiera recordar algunos aspectos relacionados con la muerte en Almendralejo en el siglo XVII.
El almendralejense de aquellos siglos vivía en la perpetua zozobra de la indefensión ante agentes meteorológicos, enfermedades infecciosas y frecuentes guerras que, aunque la natalidad era alta, provocaban un gran derroche de vidas humanas: la guerra, la peste y el hambre, los jinetes del Apocalipsis se conjugaban para colocar en el centro de la vida la presencia de la muerte como algo cercano, próximo, cotidiano y no por ello menos temido y horroroso.
Las epidemias que recaían sobre los vecinos, a veces, mal alimentados, con grandes carencias sanitarias e higiénicas, sin controles eficientes para evitar su propagación que, en ocasiones, favorecía el tránsito de las propias tropas, provocaron fuertes crisis de mortalidad. En toda la Baja Extremadura se vinieron sucediendo estas oleadas con una periodicidad angustiosa de, aproximadamente, cada diez años, que impedía la recuperación de la población, pues cuando empezaban a olvidarla se presentaba una nueva.
Las cosechas estaban bastante expuestas a una meteorología cambiante y a unas plagas que se erradicaban difícilmente. Los excedentes en los años buenos no eran suficientes para paliar las deficiencias de los malos y la carestía y el aumento de precios en alimentos básicos, como el pan, llevaban el hambre a muchos vecinos y, en un alto porcentaje, una deficiente alimentación que aportaba menos defensas al organismo cuando le atacaba la enfermedad.
Las Actas Capitulares están llenas de alusiones a esta problemática y las soluciones pasaban por la búsqueda de la intersección divina y la formación de cuadrillas que mataran las langostas que asolaban los campos. En el primer caso, son frecuentes las salidas procesionales de la Virgen de la Piedad pidiéndole el agua de la lluvia para los campos en los momentos de sequía y el cese de las mismas en las épocas en que su abundancia resultaba dañina. Como diría Antonio Chacón siglos después en su oración a la Patrona: "que aquí he venío siempre pa que llueva / que aquí he venío siempre pa qu'escampe".
A la langosta se la mataba, se la quemaba para que desaparecieran los huevos depositados en las eras, pero difícilmente se conseguía erradicar, y también se acudía al auxilio de los santos. El vecino Manuel de Figueroa, uno de los portugueses más conocidos del Almendralejo de la segunda mitad del siglo XVII, fue enviado por el Ayuntamiento a la localidad navarra de Sorlada, para que de allí trajera dos cargas de agua tocada con las reliquias de san Gregorio que allí se veneraban, y con este agua se bendecían los campos para expulsar a las langostas de ellos.
Otros enemigos de los campos y de las personas eran los ejércitos, ya que con frecuencia se entablaban luchas con los portugueses. Tan pernicioso resultaba el enemigo, que efectuaba expediciones de rapiña por nuestros campos, destrozando cosechas y llevándose granos y ganados, como los ejércitos propios que "vivían sobre el terreno, como la langosta". En Almendralejo se acuartelaban a menudo y llevaban la desolación al propio vecindario al que se suponía que tenían que defender. Se alojaban en casas particulares y los campesinos no se atrevían a salir al campo a efectuar sus trabajos por temor a quedar a los soldados solos en casa con sus mujeres: las protestas a las autoridades eran continuas y si ocurría en la época de la siega, las consecuencias eran demoledoras.
Pero el peor azote para la población era la enfermedad, la peste, como por antonomasia se la denominaba. Había tal miedo a ella que pocas veces se la nombra como algo que esté ocurriendo en Almendralejo. Sabemos de su existencia por noticias indirectas y porque se indica que las villas cercanas están afectadas por la epidemia y se aprecia después un crecimiento importante en las defunciones en Almendralejo.
Contra las enfermedades infecciosas sólo cabían soluciones defensivas, casi nunca curativas. Se cuidaba algo más la limpieza de los pozos y pilares, se quemaban las pertenencias de las personas afectadas por el mal, se impedía la entrada en la villa de las personas que procedieran de lugares apestados, a veces, se les retenía en cuarentena en la ermita de san Marcos, y se impetraba la clemencia divina por intercesión de la Virgen de la Piedad o de San Roque, abogado contra la peste. Almendralejo se amurallaba en aquellos días cerrando con tapias las calles y callejas que dieran al campo y quedando solamente cuatro puertas o entradas que se vigilaban celosamente. En las proximidades de esas cuatro entradas se habían levantado otras tantas ermitas como si de esta manera se buscara también la defensa celestial.
Al final de la calle de Mérida estaba la ermita de Santiago; cerrando el pueblo por la calle de los Mártires la ermita de los Mártires, San Fabián y San Sebastián. Al final de la calle Palacio se encontraba otro puesto de vigilancia y a extramuros estaba la Ermita de la Virgen de la Piedad, y, por último, al término de la calle Harnina la puerta oeste y cercana a ella la Ermita de San Judas, sobre cuyo solar se asentaría, pasado el tiempo, el primer cementerio de la villa situado fuera de los templos.
Pero, alegrémonos, noviembre también es el mes de "la chaquetía", las salidas de los niños y jóvenes al campo para comerse las nueces, las castañas, los higos y las manzanas, para hacer los casamientos con estos frutos, a los que, en otro tiempo, acompañaban almendras y bellotas, y para degustar los bollos de Todos los Santos con su sabor a matalahúga.

OJALÁ, HOY EN 2020, PUDIÉRAMOS QUEDARNOS SOLO CON LO BUENO.
OS LO DESEO DE TODO CORAZÓN